Masacre-una modalidad de asesinato

MASACRE

Masacre

Una masacre es un tipo de asesinato que consiste en asesinar varios individuos al mismo tiempo e indiscriminadamente y que se caracteriza especialmente porque las víctimas se presentan indefensas ante ese ataque del que son objeto, es decir, no disponen de la posibilidad de defenderse. Generalmente, esta modalidad de asesinato es perpetrada por una persona o un grupo que dispone de un cuantioso armamento que le facilita el ataque a varios blancos a la vez.

Entonces, la principal característica que ostenta este asesinato es la desigualdad de condiciones que existe entre atacante y víctima, estando como indicábamos ésta última en inferiores condiciones siempre. Y el otro rasgo distintivo es que normalmente presentan una enorme carga de alevosía, crueldad y violencia.

La expresión es de origen francés (massacre) y es definida por el diccionario de la Real Academia Española como «matanza de personas, por lo general indefensas, producida por ataque armado o causa parecida«. Por su parte, el Diccionario de uso del español de María Moliner, define la palabra como «matanza salvaje de personas«.

Aunque el término masacre es impreciso en sus alcances, suele aplicarse a situaciones en las que existe una gran desigualdad de poder entre víctimas y victimarios, y los asesinatos se presentan como crueles, alevosos e innecesarios. Un sinónimo inglés de la expresión es butchery, es decir «carnicería«. Pese a su cercanía conceptual, por regla general, los bombardeos de objetivos civiles y los atentados terroristas, no suelen ser calificados como masacres.

La masacre aparece en la Antigüedad como un derecho del monarca, «porque el monarca construye su poder a partir de eso«.[1] Se ha señalado que las masacres de la historia registran como elemento común la oscuridad de las causas que llevan a su producción: en las masacres puede hablarse de detonantes, pero no de causas.

La masacre no constituye un delito penal tipificado como tal, ni en el derecho penal interno, ni en el derecho penal internacional. Sin embargo es de práctica mundialmente generalizada denominar así a una gran variedad de asesinatos particularmente violentos, como la Masacre de las Fosas Ardeatinas durante la Segunda Guerra Mundial en Italia, la Masacre militar de Santa María de Iquique en Chile, la Masacre de San Patricio durante el Terrorismo de Estado en Argentina, o la Masacre del instituto Columbine cometida por dos estudiantes en los Estados Unidos.

Cabe destacarse que este exterminio de personas existe desde que el hombre es hombre. A lo largo de la historia, los seres humanos, han protagonizado de un lado y del otro, masacres. Claro está que existen multiplicidad de factores que pueden ocasionar una masacre, en tanto, en las últimas décadas, hemos sido espectadores de tremendas masacres detonadas por lo que popularmente conocemos como bullying (en su denominación en inglés) o castellanizado como acoso escolar. Especialmente en los Estados Unidos, país que sin dudas lleva la delantera en este sentido, han sido reiterados y muy promocionados las masacres llevadas a cabo por estudiantes de escuelas y de universidades quienes sometidos a la presión de no pertenecer o de quedar por x razón excluidos del sistema decidieron asesinar indiscriminadamente a compañeros y profesores.

Uno de los casos más tristemente célebres en este sentido ha sido el de la Masacre de la escuela de Columbine, en el estado de Colorado, en Estados Unidos justamente, en el cual dos estudiantes de la institución, hartos de las bromas pesadas y de las burlas propinadas por sus compañeros, decidieron hacerse de un arsenal de armas y asesinar a cuanto individuo se le puso en frente en la indicada escuela.

Otro contexto en el que es habitual que se produzca este tipo de aniquilamiento masivo e híper violento es en los ámbitos domésticos, en los cuales muchas veces un cónyuge a consecuencia de un engaño o por recibir un constante maltrato por parte de su entorno familiar directo, decide exterminarlos intempestiva y conjuntamente, es decir, por ejemplo, un padre que asesina a todos sus hijos y a su esposa.

La masacre se relaciona con otras situaciones de contenido similar como el asesinato masivo, el homicidio con alevosía y el genocidio.

Asesinato masivo

Un asesinato masivo o asesinato en masa es el acto de asesinar a un número elevado de víctimas, de manera simultánea o en un periodo corto de tiempo. Puede ser cometido por individuos u organizaciones.

Los mayores asesinatos masivos de la historia han correspondido a intentos de exterminio, basados frecuentemente en conceptos o preceptos étnicos o religiosos, de grupos completos o comunidades de personas. En la actualidad, dichos actos suelen describirse como genocidios. Aunque algunos consideran que el «genocidio» puede existir donde hay una intención o plan para exterminar a un grupo en particular y que asesinar no es una condición necesaria, en contraste «asesinato masivo» consiste efectivamente en el asesinato de un elevado número de personas. El término asesinato masivo se relaciona con otras expresiones como genocidio y masacre.

Homicidio con alevosía

La alevosía es una circunstancia agravante de la responsabilidad criminal del agente, generalmente contemplada en los delitos contra las personas. Podemos encontrar su origen remoto en el ordenamiento jurídico español, italiano (omicidio con agguato) y francés (guet-apens).

Según la antigua fórmula española, también presente en la jurisprudencia italiana, entendemos a la alevosía como la comisión de un delito «a traición y sobre seguro«. Es el empleo de medios, modos o formas en la ejecución del hecho que tienden a asegurar el delito, sin riesgo para el autor de acciones que procedan de la defensa que pudiera hacer el sujeto pasivo o un tercero.

En la doctrina penal clásica, se expone como ejemplo de alevosía el homicidio de Julio César a manos de Bruto, el cual sabía que la estrecha amistad entre ambos impediría que el dictador desconfiara de él.

Supuestos de alevosía

  1. Delito proditorio: Al hecho delictivo le precede la acechanza (observar, aguardar cautelosamente con algún propósito) o la ocultación del victimario. Por lo general, se ve en el homicidio proditorio. La acechanza y la ocultación son sinónimos de la emboscada (ocultación de una o varias personas para atacar por sorpresa a otra u otras).
  2. Aprovechamiento de un estado de indefensión: Se trata de sacar provecho de la falta de defensa de la víctima. Lo esencial es que el sujeto pasivo no pudiera defenderse antes de la acción del agente. Es importante destacar que, para configurarse la circunstancia agravante, el estado de indefensión de la víctima debe ser la causa o motivo por el cual el agente actúa, procurando así un obrar sobre seguro y sin riesgo.
  3. Procedimiento insidioso: Insidioso es aquel medio usado para cometer el delito en donde el autor oculta la agresión misma, la intención delictiva como tal. Por ejemplo, utilizar veneno para matar a víctima.

Genocidio

Según el criterio objetivista de la doctrina, la conducta del victimario sería agravada si la víctima se encuentra en un estado de indefensión por cuestiones físicas, psíquicas o fisiológicas. Es en esta situación de la víctima donde se asegura el hecho y la exención de riesgo para el agresor.

El genocidio es un delito internacional que comprende cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal; estos actos comprenden la matanza y lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo, traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.[2]

Según el sociólogo e historiador estadounidense Michael Mann, el genocidio es el grado más extremo de violencia intergrupal y el más extremo de todos los actos de limpieza étnica.[3] Para este autor el impacto de los genocidios durante el siglo XX es devastador, tanto por el número de víctimas, que cifra en más de 70 millones de personas, como en la extrema crueldad de las agresiones.[4]

Definición del delito de genocidio

Existe una discrepancia entre el significado jurídico y el significado coloquial o profano de la palabra, lo que da lugar a equívocos y enconados debates acerca de la cuestión. Desde un punto de vista jurídico, el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra se considera un delito de derecho internacional. Tanto la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948 como el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) de 1998 recogen una idéntica definición:

Delito de Genocidio[5]

Se entenderá por “genocidio” cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal:

  1. Matanza de miembros del grupo;
  2. Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
  3. Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
  4. Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo;
  5. Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.

En el lenguaje común, sin embargo, el término tiene un significado diferente, tal como viene recogido en por la Real Academia Española:[6] Genocidio: Exterminio o eliminación sistemática de un grupo social por motivo de raza, de religión o de política. Este segundo significado es el que mueve a muchas personas a calificar como genocidio determinadas matanzas de personas que, en realidad, no se ajustan al tipo penal del delito de genocidio definido internacionalmente.[7]


[1] Leonardo Moledo e Ignacio Jawtuschenko (07-10-2009). «Imágenes de la masacre y el genocidio». Página/12. Consultado el 23 de junio de 2013.

[2] Ver artículo 6 en Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, 1998-200. Ver artículo de Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948.

[3] G. Mayos (2010)»La barbarie analizada (Michael Mann, El lado oscuro de la democracia. Un estudio sobre la limpieza étnica)»

[4] Joan Frigolé Reixach, Cultura y genocidio, UAB. Consultado el 23 de junio de 2013 en http://books.google.es/books.

[5] Ver artículo 6 en Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, 1998-200. Ver artículo de Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948.

[6] Real Academia Española (2000). Diccionario de la Lengua Española (Tomo I). página 1.034: Espasa. pp. 1077.

[7] Alonso Gómez-Robledo Verduzco (septiembre-diciembre de 2002). «El crimen de genocidio en Derecho Internacional». Boletín Mexicano de Derecho Comparado (Nº 105). Consultado el 23 de junio 2013. «no hay duda en la doctrina más seria, que el crimen de genocidio no se identifica con la idea de una matanza colectiva. «Lo protegido en la figura del genocidio es la existencia del grupo», y la lesión de dicho bien consiste en el exterminio del mismo.».