Publicación del libro: Cuando el Placer se Convierte en Delito

 Cuando el Placer se Convierte en Delito – Ricardo Badillo Grajales

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Existen diferentes tipos de conductas sexuales condenadas, prohibidas o delictivas en nuestra sociedad, pero algunos encuentran su raíz en los estímulos ocasionados por la pornografía y sus múltiples manifestaciones. Muchos piensan que nuestra sociedad está fuertemente erotizada y que la pornografía o porno hace estragos psicológicos y sociales de consideración, por lo que se justifica su intervención, pensando particularmente en el daño que podría causar a los niños y en alguna medida o sentido también a los adultos, en especial aquellos con comportamientos patológicos.

Lo cierto es que, como sucede con la mayoría de los temas polémicos, en el asunto de la pornografía no todo es blanco ni todo negro. ¿Plaga o forma de expresión? ¿Crimen o diversión? ¿Placer o delito? El dilema es profundo; por ello vale la pena revisar algunos de los mensajes que transmite directa e indirectamente la pornografía a través de los diferentes subgéneros.

Como se lee, de manera innata el tema debe manejarse con pinzas, es sensible, vulnerable, prejuicioso, morboso y moral.  A la pornografía se le conecta con el sentir masculino; sí, prácticamente se le establece un género; y la mujer, casi siempre relegada en los gozos sexuales, no suele formar parte, del aporte erótico, sensual y sexual de la pornografía.  

Desde esta óptica es posible entender por qué la concepción pornográfica nace en función de las necesidades de los varones y por qué las mujeres se sienten excluidas violentadas o utilizadas ante su producción, lo que no quita que algunas de ellas también logren excitarse en muchas oportunidades. Mientras que para los consumidores la pornografía es un sustituto audiovisual de la prostitución, pero más higiénico, más económico, e incluso puede que más práctico.

Los límites dentro de la pornografía son sutiles e inciertos, tanto que la polémica aparece muy a menudo con la participación de: moralistas, médicos, literatos, artistas, educadores, juristas, legisladores, autoridades civiles y religiosas, padres de familia y, en general, de todos porque al fin y al cabo se trata de una cuestión humana y de un asunto de interés social. Hay que aceptar, pues, lo que ya es común, que la pornografía es obscena y que obscenidad es indecencia sexual. Indecente, a su vez, es lo que la mayoría de la gente no acepta de acuerdo a las normas de comportamiento establecidos en un determinado tiempo y lugar. Por ello algunos afirman que la moral es cuestión de geografía.   

La pornografía es obscena porque atenta contra el pudor, según el nivel de pudor imperante; y en la medida que este atentado cause daño a la sociedad, de acuerdo a determinada concepción moral, se considera sucia entonces deber ser vetada y castigados sus difusores. Se asume que importa el ámbito de la moral social y de jurisprudencia; pero el interés se dirige ahora al hecho pornográfico en función de lo patológico. 

Sin embargo, la pornografía ha evolucionado. La pornografía es totalmente subjetiva a los valores de la sociedad y por lo tanto es natural que evolucione su categorización. Lo que se considera hoy pornografía puede que en un futuro no lo sea. Hasta hace poco, era producida por y para el consumo de los hombres, hoy día, sin embargo, la liberalización sexual de la mujer ha causado que éstas también se interesen producir y comprar material erótico, obsceno o pornográfico y, por lo tanto, temas de índole románticos sexuales han proliferados en el mercado femenino.  

Los cambios que se han producido explícitamente en la pornografía, aparentemente son legítimos por los cambios importantes que se han dado respecto a la sexualidad. Entonces, nuestra situación, comparada con los Estados Unidos, es muy similar y con las mismas consecuencias, porque la pornografía es la pornografía, y los instintos humanos de los puertorriqueños y los norteamericanos no son muy diferentes a la hora del sexo.

Si nos centramos en el ámbito sexual, llaman la atención las dificultades que pueden llegar a experimentar muchas personas para permitirse el placer, aumentando la posibilidad de cruzar la línea de lo prohibido, o ilegal, y es ahí cuando el placer se convierte en delito. En el fondo de este tipo de relaciones prohibidas y delictivas sólo se trata de deseo sexual y de ganas de romper con las reglas preestablecidas, porque esto les produce una sensación del control en sí mismo y una emoción que no se encuentran en las relaciones comunes, es un sentimiento de atracción, poder y control hacia otra persona para satisfacción propia.  

El estudio de la pornografía es un tema muy controversial ya que existe gran cantidad de personas que defienden su existencia y otras que la combaten, por tanto, nos hemos interesado en este tema para exponer el punto de vista de personas que han estudiado acerca del tema, así como nuestro propio punto de vista. Y de esta manera definir con la ayuda de todos cuanto nos afecta o beneficia la pornografía a nivel social y personal; y sobre todo cual son los límites entre el placer y el delito.  

Los argumentos contra la pornografía son muy nuevos, debido a que antes no había estudios científicos sobre los efectos adversos. Sin embargo, por desconocimiento o no, la mayoría de la crítica de la pornografía se realiza en base de argumentos morales, no científicos, realizados en su mayoría por movimientos religiosos o moralistas.  

Hoy, al estar disponibles esos diferentes estudios sobre los efectos adversos de la pornografía que se han realizado recientemente, debe ser la razón, para que los puertorriqueños comiencen a discutir esta temática y tomar conciencia sobre si se debe hacer algo ahora, basados en prueba científica.  Por lo tanto, debe ser un debate muy importante, mucho más que en los Estados Unidos, debido a que las leyes que regulan la pornografía tienen su cimiento en las Leyes Federales y Constitucionales. Pero primero, los puertorriqueños necesitan estar educados sobre el tema de la pornografía y sus diferentes formas de expresión. 

Algunos estudios han indicado que la exposición prolongada al material pornográfico puede causar una actitud desensibilizada hacia el abuso sexual de mujeres. Esto evoca la preocupación considerable, especialmente con respecto al efecto sobre individuos con la predisposición por comportamiento antisocial o criminal. Considerable, especialmente con respecto al efecto sobre individuos con desviaciones, perversiones o parafilia. 

Cuando la pornografía llega a personas que ya padecen algún tipo de parafilia, o perversión, sus efectos se potencian y pueden sentirse inducidos a actuar lo que están viendo, escuchando o leyendo. Es posible que, en otras circunstancias, a pesar de la predisposición, la enfermedad no se desarrolle, pero ante el estímulo de la pornografía sí se desarrolla.

La pornografía no sólo plantea problemas sociológicos, psicológicos o jurídicos, también suscita problemas conceptuales, epistemológicos o morales. Pero nunca han sido abordados públicamente. Así que correremos el riesgo de esta aventura, pero antes debemos definir el término “pornografía”.

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Víctimas del crimen y la Victimología

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Historia de la Victimología

Los medios de comunicación, las películas y otras formas de plasmar la historia de la humanidad, se ha interesado o a sido atraído de una manera un poco morbosa por los hechos violentos de todo tipo de género, y a pesar del impacto negativo que tiene en la persona, esa atracción sutil por la imagen del criminal ha hecho que se exalte mucho la historia de lo criminal, dejando de lado a la víctima, hoy por hoy recordamos los nombres de muchos de las más peligrosas personas, sus crímenes, a tal punto que se hacen películas o novelas en su representación.

Concepto de Victimología

La Victimología es “el estudio científico de la víctima, entendiendo por victima a todo aquel que sufre un daño por acción u omisión propia o ajena, por causa fortuita.

El objeto de estudio de esta ciencia es la víctima, biopsicosocial, el sujeto es perfilado de frente a todos los factores posibles que lo incitan a convertirse en víctima o en una potencial víctima, por eso es que para poder llegar a tener este perfil es necesario recurrir a los aportes de distintas fuentes de conocimiento, tanto biológicas, psicológicas como sociales. Se toma en cuenta la personalidad de la víctima, la relación con la ley de este, tanto para castigar a su victimario, para encontrar grado de culpabilidad como para reparación de los daños por ella sufridos.

La Victimología implica específicamente la detección de medios y técnicas de investigación, así como la elaboración de test victimológicos, la medición y explicación de éstos, y la unificación de una terminología propia. De la observación, se pasa a la descripción, definiendo en principio el objeto, luego a la clasificación, para lograr obtener una tipología, de ordenar o disponer por clases. Finalmente viene la explicación, es decir el intento de formular leyes, o sea encontrar relaciones constantes entre los diversos fenómenos.

La Victimología cuenta con diversos métodos e instrumentos de investigación

1. Cuestionarios y entrevistas.

2. Método clínico.

3. Los resultados estadísticos de las encuestas.

4. Investigación en archivos policíacos, forenses, judiciales y hospitalarios.

Conceptos victimológicos básicos

1. Víctima: Es el individuo o grupo que padece un daño por acción u omisión propia o ajena, o por causa fortuita. La victima por crimen, es aquella persona física o moral que sufre un daño producido por una conducta antisocial (y por lo tanto injusta) propia o ajena, esté tipificada o no, aunque no sea el detentador del derecho vulnerado.

2. Victimización: Es el fenómeno por el cual una persona (o grupos) se convierte (n) en víctima (s).

A. Tipos:

a. Primaria: es la dirigida contra una persona o individuo en particular. En el caso de un delito, la victimización primaria es el perjuicio físico, psicológico, económico o social que sufrió el sujeto pasivo.

b. Secundaria: es la que padecen grupos específicos o sea una parte de la población. implica la experiencia posterior de la víctima en relación con el sistema policial y judicial. En ocasiones, esta nueva experiencia puede llegar a resultar más traumática que la victimización primaria. Sucede cuando las instituciones que deberían brindarle asistencia, en cambio, no se hacen eco de la denuncia, le hacen perder tiempo o dinero a la víctima o, incluso, la acusan, como ocurre en casos de violación (‘provocación’) o robo (‘ostentación’).

c. Terciaria: dirigida contra la comunidad en general. la vive el delincuente por las circunstancias que lo llevaron a cometer el delito, su paso por la cárcel y la vivencia post penitenciaria. Primero sufre una marginación institucional determinada por los grupos dominantes, luego experimenta el hacinamiento y el mal trato en los centros penitenciarios, donde sobreviven los ‘más fuertes’, y finalmente, choca con las dificultades de su reinserción en una sociedad que no lo contiene.

3. Victimidad: Total de victimizaciones dadas dentro de un límite especial y temporal.

4. Victimario: Es aquel que produce el daño, sufrimiento de la víctima.

5. Victimar: Es hacer objeto a otro u otros de una acción victimante, es convertir a alguien en víctima.

6. Victimizable: Es el sujeto capaz de ser víctima.

7. Victimante: Es aquello con capacidad de victimar.

8. Victimógeno: Es lo que puede producir la victimización.

Los factores Exógenos (de orden social)

1. El estado Civil: Es determinante en cierto tipo de delitos como el adulterio o la bigamia.

2. Escolaridad: Tanto puede ser victimizante, también puede ser un medio victimógeno. Los estudiantes de secundaria son los más propensos.

3. La Profesión: Existen profesiones que llevan consigo situaciones de peligro. (Policías, taxistas, cajeros).

4. Procedencia: Los extranjeros son más victimizables por el desconocimiento del peligro que corren.

5. La Familia: Los barrios conflictivos alteran el orden de la familia, por lo que muchas veces el victimario es un miembro de la familia.

Los factores endógenos

1. Biológicos: La enfermedad, desnutrición, invalidez, deformaciones.

2. Edad: El inicio de victimización es entre los 10 y los 20 años, la juventud es la más victimizable.

3. Sexo: Dependiendo del tipo de victimización sufrido uno de los dos sexos se ve más perjudicado, pero tienen igual predisposición de ser víctimas.

Reparación de daño

El daño puede ser material o moral. El daño material se refiere a un perjuicio del patrimonio de una persona. Mientras que el daño moral se refiere a la afectación que sufre una persona en sus afectos, sentimientos, creencias, honor, decoro, reputación, vida privada, configuración y aspecto físico; o bien, en la consideración que de sí misma tienen los demás.

En general, las pérdidas materiales o económicas son fáciles de calcular, reparar o reponer. En cambio, los daños morales no pueden observarse o calcularse fácilmente. Muchas veces, la magnitud del daño es desconocida para la propia víctima o no responde a los tiempos o expectativas del proceso penal.

Sea como fuere, las alternativas de compensación son las siguientes:

1. Reparación a cargo del victimario.

2. Reparación a cargo del Estado.

3. Asistencia pública.

4. Asistencia privada o mediante el seguro.

5. Acuerdos internacionales sobre compensación a las víctimas.

Claro que, para evitar esta instancia, es fundamental la generación de estrategias efectivas de prevención victimar en todos los niveles.

¿Conocías esta forma de pensar y clasificar a las víctimas?

CRÍMENES PASIONALES- AMORES QUE MATAN

ricardo badillo grajales

amores q matan

CRÍMENES PASIONALES- AMORES QUE MATAN

En la mayoría de casos de uxoricidio (del latín uxor, ‘esposa’ y -cida —del latín caedere, ‘matar’, consiste en el homicidio de la cónyuge por parte del marido o asesinato de la pareja conyugal) cometidos por hombres. Absurdamente los agresores señalan a la mujer como la responsable de su ira. La ultraviolencia que se reconoce en estos casos evidencia, además del odio contra la mujer, la noción del agresor de que la víctima es un vil objeto que “si no es suyo, no será de nadie”. Esta misma idea, bajo diferentes matices, lamentablemente también subyace en varios aspectos de nuestra cultura.

Una de las consecuencias de los celos patológicos es el homicidio o crimen pasional. El homicidio por celos suele darse en sujetos con diferentes patologías, incluida la paranoia. En los casos de homicidio por celos es más frecuente el crimen de la pareja que…

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Actuaciones Policiales en los registros personales

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El Cacheo
Actuaciones Policiales en los registros personales

Es de conocimiento público, que ocasionalmente existe un conflicto de intereses entre el derecho que tiene el Estado para perseguir a los responsables de todo delito y falta y los derechos que estos tienen de no verse inquietados en los derechos que nuestra Constitución les otorga. Por ello, en este conflicto de interés es preciso circular con cautela y dentro del respeto de los derechos constitucionales en la obtención de pruebas, a fin de evitar que una ardua y trabajada investigación policial puedan concluir con la absolución del acusado por la vulneración de determinadas reglas de actuación.

Ese conflicto existente lleva a la tensión y se acrecienta en las intervenciones corporales, ya que el objeto de ese acto de investigación no es otro que el propio cuerpo de la persona por lo que entran en juego derechos como “la libertad”, “la intimidad”, “la integridad física”, “el derecho de defensa”, “ el de no declara con la si mismo”. Por ello resulta importante ponderar y buscar un justo equilibrio entre esa necesidad del Estado de intensificar la persecución de los hechos delictivos, y poner en los Cuerpos y fuerzas de Seguridad los medios necesarios para ello, y los propios derechos de la persona que es objeto de ese acto inmediato del agente de la autoridad.

Con esta ponderación se pretende evitar que lo que en principio puede constituir un derecho del Estado se pueda transformar en una actividad excesiva en el celo del profesional que desemboque en una vulnerabilidad de los derechos fundamentales que protege nuestra Constitución.

Los registros personales o “Cacheos” pueden ser de dos formas, ya que se debe distinguir entre:

1.Las investigaciones corporales que serían las que se practican investigando el cuerpo mismo, como ocurre cuando se analizan el contenido del alcohol en sangre o los marcadores de ADN, electrocardiogramas, ecografías vaginales o anales, Rayos X, obtención de orina, pelos, unas, biopsias, etc.

2.Los registros corporales son los que vamos a tratar en el presente artículo por ser los que se practican con mayor asiduidad en la práctica del servicio, las investigaciones corporales las trataremos de analizar en otro trabajo.

¿Qué es el cacheo?

Se considera el cacheo como la actuación policial se limita a la mera detección externa del cuerpo humano de armas, drogas en los bolsillos o en cualquier lugar de la vestimenta, etc., (los exámenes radiológicos, inspecciones vaginales, anales, etc., se excluyen de la actuación del cacheo). Sin embargo la obtención de drogas de la cavidad bucal se trata de una actuación con la finalidad de búsqueda y aprehensión de los efectos de un delito, equivalente a un vulgar cacheo policial que no puede alcanzar la trascendencia de un registro anal o vaginal. La principal función de efectuar un cacheo es la de buscar objetos o armas que puedan ser peligrosos para nuestra integridad física al efectuar el traslado del detenido, hasta dependencias policiales.

No siempre se precisa autorización judicial para la práctica de un simple cacheo o registro corporal que no llegue más allá de la mera localización externa de objetos, tales como armas, drogas, etc. Las doctrinas de “a plena vista” o “motivos fundados” indican cuando debe practicarse un cacheo los cuales pueden estar justificados por indicios o sospechas que se basan en las reglas de experiencia policial que permiten apreciar la relevancia de datos y circunstancias que obedecen en muchos casos a un silogismo que no resulta fácil de expresar, quedando legitimada la actuación en virtud a la doctrinas expresadas.

Al efectuar el cacheo este debe ser:

1.Siempre lo efectuaremos tras el engrilletamiento, en situaciones de riesgo o peligro.
2.Metódico y minucioso.
3. Es conveniente tener un método definido a la hora de efectuar el cacheo con el fin de no dejarnos ninguna zona sin cachear. Tampoco se trata de un método rígido, sino que por el contrario deberemos adaptarlo a las circunstancias que se den en cada caso.
4.Al efectuarlo con una mano aplicaremos un control y con la otra cachearemos.
5.Al realizar el cacheo deslizaremos la palma de la mano, sin efectuar palmoteos.
6.Es conveniente iniciar el cacheo por la zona lumbar, pues es está a la que el detenido puede tener un acceso más directo al estar engrilletado por detrás.
7.A la hora de efectuar el cacheo no hay que tener pudor en tocar ciertas partes del cuerpo, como puede ser la zona genital, de estas circunstancias son de las que se aprovechan los delincuentes para ocultar objetos en estas partes.
8.A la hora de realizar un cacheo es recomendable crear una rutina, empezar por cachear la cabeza y luego ir bajando, esto es un ejemplo para crear una rutina y de esta manera no dejarnos ningún lugar sin mirar.
9.Si encontramos armas en el cacheo las dejaremos fuera del alcance del detenido y de otras personas.
10.Es especialmente importante no dejar el cacheo cuando encontramos un arma, al contrario tenemos que seguir por que existe la posibilidad de que puedan aparecer nuevas armas ocultas.
11.Al realizar el cacheo teneos que tener especial atención ante posibles armas ocultas u otros objetos que pudiesen ser empleados como armas improvisadas.
12.Cuando trabajamos con dos agentes solo uno de ellos efectúa el cacheo, mientras que el otro proporciona cobertura y apoyo.
13.El que efectúa el cacheo informara de cualquier novedad al agente que efectúa la cobertura.

Cacheos y registros superficiales.
Existen diferentes puntos de vista a la hora de determinar la elaboración de un cacheo o registro superficial; atendiendo a la posición inicial del individuo, posiciones de brazos, de piernas, etc. Desde el punto de vista plenamente policial y atendiendo como factor principal a la propia seguridad del Agente, se diferenciará entre “cacheo simple “y“ cacheo potencialmente peligroso“.

Cacheo simple

Es el registro superficial a un individuo que en primera instancia adopta aptitud de colaborador, sigue al pie de la letra todas y cada una de las indicaciones verbales del Agente, y no representa a priori situación de peligro. Aunque se hable de cacheo simple y en principio la situación no suponga peligrosidad inminente, se realizará el procedimiento previo de identificación total del individuo; es decir, comprobación de identidad.

La documentación personal en el caso que la porte, permanecerá siempre en poder del Agente que efectúa el apoyo), y no se devolverá hasta el final de la actuación y que exista la certeza que dicho individuo pueda marcharse del lugar. En cualquier caso, sea cacheo simple o no, las medidas de seguridad se extremarán siempre, por lo que el procedimiento se llevará a cabo en virtud de salvaguardar la integridad física del Agente, así como minimizar la posibilidad de fuga y el evitar sorpresas innecesarias.

Un punto a tener en cuenta es la observación del comportamiento del individuo al que se va a cachear, ya que se puede dar el caso de verse inmerso en cualquier actividad delictiva reciente y no figurar todavía como requisitoria, dando como resultado “limpio”. Este es un asunto que el propio individuo puede desconocer y por tanto se ha de estar preparado ante cualquier reacción imprevista.

Se pedirá en tono enérgico y autoritario (órdenes cortas y precisas) que apoye las manos con las palmas extendidas y brazos estirados sobre la pared, vehículo policial o plano vertical en el que se vaya a realizar el cacheo; a la vez que la situación de las piernas ha de ser todo lo más alejado posible del plano vertical para crear desequilibrio, minimizando la posibilidad de fuga al tener que incorporarse para ello. La separación de las piernas será amplia en su apertura por el mismo motivo. Una vez en posición inicial para el cacheo se pedirá que la cabeza esté en todo momento con la barbilla pegada al pecho.

Antes de comenzar se volverá a remarcar de nuevo que son TODOS los objetos que estamos pidiendo que saque, con la advertencia verbal de no olvidar ninguno. Es conveniente realizar el registro con guantes anticorte, es conveniente es realizarlo con éstos, para evitar posibles cortes con objetos “olvidados”.

Cacheo a individuo potencialmente peligroso

Esta parte el cacheo tiene unas connotaciones que lo diferencian del anterior al estar tratando con un individuo que representa peligro potencial y existe situación de riesgo.

Características esenciales:

1.Se ejercerá en todo momento presión en el codo para crear palanca y sensación de inmovilidad y dolor controlado mientras dura el registro. No se asegura cabeza en este caso.
2.Los objetos serán inspeccionados uno a uno antes de comenzar el cacheo por si pudiese haber indicios de quedar restos o parte de algún objeto incompleto en el interior de sus ropas.
3.Antes de proceder al registro se descalzará previamente para comprobar el interior del calzado y calcetines, evitando con ello bajar nuestro centro de gravedad durante el recorrido del cacheo.
4.El Agente de control minimiza la distancia para actuar en apoyo en caso de necesidad.
5.En el caso que la situación sea extremadamente peligrosa el cacheo se realizará con el individuo tumbado en el suelo boca abajo y con las manos en cruz, teniendo las palmas de las manos hacia arriba y con el dorso apoyado en el suelo. Las piernas igualmente separadas y los pies en posición paralela al suelo, estando el agente de control de frente a la parte de la cabeza del individuo, quién tendrá el rostro

Medidas de seguridad

1.El Agente que realiza el cacheo, comenzará por su derecha si lleva el arma reglamentaria en ese lado, para que la exposición de la misma quede fuera del campo de alcance del individuo y el segundo agente estará en el lado contrario para dar apoyo a su compañero.
2.El Agente de control nunca estará detrás en la misma línea que su compañero, si no que se colocará en el lado opuesto de donde se realiza el cacheo y en diagonal hacia atrás, de tal forma que observe todos y cada uno de los movimientos tanto de su compañero como del individuo a cachear.
3.Adoptará posición de seguridad, estando preparado ante cualquier respuesta sorpresiva. NO establecerá ningún tipo de orden verbal ni indicación alguna al individuo, para no caer en órdenes contradictorias con el agente que cachea.
4.El inicio del cacheo comienza asegurando al individuo creándole mayor inestabilidad y desequilibrio, por lo que con la pierna contraria a la mano que va a palpar, ( en un cacheo no se dan palmadas, si no que se palpa; es decir, se desliza la mano con el fin de encontrar algo, hay ligera presión) se introduce en el hueco de ambas piernas por detrás y en contacto con el tobillo de la pierna del costado que se va a registrar con el objeto de poder proyectar al suelo en caso de incidencia peligrosa.
5.El registro empieza desde arriba y en sentido descendente, desde el inicio de la muñeca (la palma estará extendida sobre el plano vertical para evitar que quede algo en el interior) pasando por el recorrido del brazo, hasta el hombro y cuello.
6.La mano que no palpa asegura la cabeza del individuo desde la nuca, presionando en dirección al suelo con el fin de lograr que la barbilla quede bien pegada al pecho. Se sigue bajando desde el pecho y axila hasta el tronco y tren inferior, todo desde el plano de la mitad que estamos trabajando, hasta llegar al calzado. En los cacheos a individuos peligrosos se verá como es aconsejable el descalzar previamente.
7.Una vez revisada la totalidad de la primera mitad se pasará al otro lado sin perder las medidas de seguridad, ni alejarse, ni separarse, ni darse la vuelta, ni tan siquiera perder el contacto, no otra cosa que no sea el finalizar por completo el cacheo.
8.NO se hará lo mismo en el otro lado (izquierdo. en este caso), ya que la exposición del arma quedaría en el plano paralelo o más cercano al individuo, por lo que se procederá de la siguiente forma:
a.Con la mano que se realizó el cacheo se asegura la cabeza de igual forma, y se utiliza la misma pierna que antes para asegurar la apertura de piernas y poder proyectar en caso de necesidad, con la diferencia que en esta ocasión no se hará por detrás, si no que será lateralmente y por delante. Con ello se consigue que la exposición del arma quede fuera.
b.El registro se hace de igual forma.
c.El Agente de apoyo cambiará su posición al lado contrario y con las mismas funciones. NUNCA estará en la misma trayectoria que su compañero.

ENTREVISTAS E INTERROGATORIOS

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ENTREVISTAS E INTERROGATORIOS

Las entrevistas e interrogatorios son excelentes herramientas para comprobar la existencia y dinámica de un delito y las responsabilidades involucradas. La tarea de entrevistar o interrogar no es sencilla, requiere mucha práctica, Todo es dinámico y flexible, una estrategia que en un momento puede ser negativa, en otro puede convertirse en positiva. Se requiere ser observador, sagaz, minucioso, paciente con buena memoria, ordenado, intuitivo, discreto y perseverante para aprovechar las circunstancias en beneficio de encontrar la “VERDAD”. “Iniciar un interrogatorio es como ir de caza; con la diferencia que la presa esta equiparada en fuerza e inteligencia con el cazador”.

LA ENTREVISTA

Es una conversación destinada a buscar información para esclarecer un hecho Es un encuentro de dos o más personas en un lugar convenido para tratar un asunto Es un proceso de recolección de información en el marco de una conversación. Esta actividad es quizá las más antigua, que se utiliza y se seguirá utilizando mientras existan los seres humanos, que una vez aprenda a hablar comienza la indagación frente al entorno con el objeto de conocer lo desconocido, que es a donde se pretende llegar en un caso específico cuando se trata de una investigación.

Lo principal es saber comunicarse eficientemente con los demás y esto requiere un intercambio de ideas entre dos o más personas, lo cual implica dar y recibir, hablar, y escuchar. Una entrevista adelantada en forma técnica, indudablemente aportará un conjunto de informaciones que se materializará en operaciones concretas, las cuales aportarán pruebas en desarrollo de la investigación judicial.

La entrevista, debe al menos considerar información sobre los siguientes puntos:

• De que se trata (Asunto)
• Cuando ocurrió (fecha)
• Donde ocurrió (Lugar)
• Como Ocurrió (Circunstancias)
• Con que ocurrió (Elementos utilizados)
• Quienes intervinieron (personas)
• Porque ocurrió (Motivo)

EL INTERROGATORIO

Consiste en examinar a una persona mediante el uso de preguntas para conocer la verdad. Un interrogatorio es una conversación o proceso durante el cual un interrogador y un sospechoso hablan. Durante este proceso se le imputa al sospechoso su envolvimiento en un caso o asunto. Consiste en formular sistemáticamente preguntas a una persona para determinar su grado de participación en un delito, conviene examinar cuidadosamente la información que necesitamos obtener del sospechoso. Los interrogatorios forman parte de la investigación, pero no la sustituye.

El arte de interrogar es un proceso individual depende de la personalidad del que interroga y de cómo logra comunicarse. Sólo con el interrogatorio se pueden disipar dudas y esclarecer puntos oscuros, y llegar así a una convicción razonada y segura.

• El objeto del interrogatorio son los hechos directos e indirectos del delito.
• Suele asociarse a conductas de fuerza, abuso, autoritarismo y flagelación.
• Deben quedar excluidas opiniones o juicios de valor.
• El éxito del interrogatorio radica en lograr la confesión o admisión de responsabilidad o su relación con los hechos que se le preguntan.

Diferencia entre Entrevista e Interrogatorio

Muchas veces se tiende a confundir la entrevista con el interrogatorio y claramente no son lo mismo. El interrogatorio es un proceso mediante el cual una persona quiere obtener información de la otra pero, esencialmente, existe una obligación, una actitud conminatoria a responder. En tanto, en la entrevista esta conminación no existe, el diálogo que se produce entre entrevistador y entrevistado debería permitir que el entrevistado libremente contara su problema y la forma en que este ocurrió.

La entrevista nunca puede tener carácter conminatorio. La entrevista procura establecer una comunicación entre las partes que tienen roles diferentes. En el interrogatorio el entrevistador tiene un carácter más activo pues es él quien dirige el interrogatorio y formula las preguntas y debe saber escuchar las respuestas. Los fines de uno y otro son distintos; los medios o técnicas a utilizar son distintos; la relación entre entrevistador y entrevistado e interrogador e interrogado son distintas y, por ende, el rol que el entrevistador debe cumplir en uno y otro acto comunicacional es distinto.

Entrevista e interrogatorio (Investigacion Criminal)• Ricardo Badillo Grajales
Publicaciones Puertorriquenas
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http://www.biblioservices.com/storefront/searchitem.aspx?text=la%20mente%20criminal

Masacre-una modalidad de asesinato

MASACRE

Masacre

Una masacre es un tipo de asesinato que consiste en asesinar varios individuos al mismo tiempo e indiscriminadamente y que se caracteriza especialmente porque las víctimas se presentan indefensas ante ese ataque del que son objeto, es decir, no disponen de la posibilidad de defenderse. Generalmente, esta modalidad de asesinato es perpetrada por una persona o un grupo que dispone de un cuantioso armamento que le facilita el ataque a varios blancos a la vez.

Entonces, la principal característica que ostenta este asesinato es la desigualdad de condiciones que existe entre atacante y víctima, estando como indicábamos ésta última en inferiores condiciones siempre. Y el otro rasgo distintivo es que normalmente presentan una enorme carga de alevosía, crueldad y violencia.

La expresión es de origen francés (massacre) y es definida por el diccionario de la Real Academia Española como «matanza de personas, por lo general indefensas, producida por ataque armado o causa parecida«. Por su parte, el Diccionario de uso del español de María Moliner, define la palabra como «matanza salvaje de personas«.

Aunque el término masacre es impreciso en sus alcances, suele aplicarse a situaciones en las que existe una gran desigualdad de poder entre víctimas y victimarios, y los asesinatos se presentan como crueles, alevosos e innecesarios. Un sinónimo inglés de la expresión es butchery, es decir «carnicería«. Pese a su cercanía conceptual, por regla general, los bombardeos de objetivos civiles y los atentados terroristas, no suelen ser calificados como masacres.

La masacre aparece en la Antigüedad como un derecho del monarca, «porque el monarca construye su poder a partir de eso«.[1] Se ha señalado que las masacres de la historia registran como elemento común la oscuridad de las causas que llevan a su producción: en las masacres puede hablarse de detonantes, pero no de causas.

La masacre no constituye un delito penal tipificado como tal, ni en el derecho penal interno, ni en el derecho penal internacional. Sin embargo es de práctica mundialmente generalizada denominar así a una gran variedad de asesinatos particularmente violentos, como la Masacre de las Fosas Ardeatinas durante la Segunda Guerra Mundial en Italia, la Masacre militar de Santa María de Iquique en Chile, la Masacre de San Patricio durante el Terrorismo de Estado en Argentina, o la Masacre del instituto Columbine cometida por dos estudiantes en los Estados Unidos.

Cabe destacarse que este exterminio de personas existe desde que el hombre es hombre. A lo largo de la historia, los seres humanos, han protagonizado de un lado y del otro, masacres. Claro está que existen multiplicidad de factores que pueden ocasionar una masacre, en tanto, en las últimas décadas, hemos sido espectadores de tremendas masacres detonadas por lo que popularmente conocemos como bullying (en su denominación en inglés) o castellanizado como acoso escolar. Especialmente en los Estados Unidos, país que sin dudas lleva la delantera en este sentido, han sido reiterados y muy promocionados las masacres llevadas a cabo por estudiantes de escuelas y de universidades quienes sometidos a la presión de no pertenecer o de quedar por x razón excluidos del sistema decidieron asesinar indiscriminadamente a compañeros y profesores.

Uno de los casos más tristemente célebres en este sentido ha sido el de la Masacre de la escuela de Columbine, en el estado de Colorado, en Estados Unidos justamente, en el cual dos estudiantes de la institución, hartos de las bromas pesadas y de las burlas propinadas por sus compañeros, decidieron hacerse de un arsenal de armas y asesinar a cuanto individuo se le puso en frente en la indicada escuela.

Otro contexto en el que es habitual que se produzca este tipo de aniquilamiento masivo e híper violento es en los ámbitos domésticos, en los cuales muchas veces un cónyuge a consecuencia de un engaño o por recibir un constante maltrato por parte de su entorno familiar directo, decide exterminarlos intempestiva y conjuntamente, es decir, por ejemplo, un padre que asesina a todos sus hijos y a su esposa.

La masacre se relaciona con otras situaciones de contenido similar como el asesinato masivo, el homicidio con alevosía y el genocidio.

Asesinato masivo

Un asesinato masivo o asesinato en masa es el acto de asesinar a un número elevado de víctimas, de manera simultánea o en un periodo corto de tiempo. Puede ser cometido por individuos u organizaciones.

Los mayores asesinatos masivos de la historia han correspondido a intentos de exterminio, basados frecuentemente en conceptos o preceptos étnicos o religiosos, de grupos completos o comunidades de personas. En la actualidad, dichos actos suelen describirse como genocidios. Aunque algunos consideran que el «genocidio» puede existir donde hay una intención o plan para exterminar a un grupo en particular y que asesinar no es una condición necesaria, en contraste «asesinato masivo» consiste efectivamente en el asesinato de un elevado número de personas. El término asesinato masivo se relaciona con otras expresiones como genocidio y masacre.

Homicidio con alevosía

La alevosía es una circunstancia agravante de la responsabilidad criminal del agente, generalmente contemplada en los delitos contra las personas. Podemos encontrar su origen remoto en el ordenamiento jurídico español, italiano (omicidio con agguato) y francés (guet-apens).

Según la antigua fórmula española, también presente en la jurisprudencia italiana, entendemos a la alevosía como la comisión de un delito «a traición y sobre seguro«. Es el empleo de medios, modos o formas en la ejecución del hecho que tienden a asegurar el delito, sin riesgo para el autor de acciones que procedan de la defensa que pudiera hacer el sujeto pasivo o un tercero.

En la doctrina penal clásica, se expone como ejemplo de alevosía el homicidio de Julio César a manos de Bruto, el cual sabía que la estrecha amistad entre ambos impediría que el dictador desconfiara de él.

Supuestos de alevosía

  1. Delito proditorio: Al hecho delictivo le precede la acechanza (observar, aguardar cautelosamente con algún propósito) o la ocultación del victimario. Por lo general, se ve en el homicidio proditorio. La acechanza y la ocultación son sinónimos de la emboscada (ocultación de una o varias personas para atacar por sorpresa a otra u otras).
  2. Aprovechamiento de un estado de indefensión: Se trata de sacar provecho de la falta de defensa de la víctima. Lo esencial es que el sujeto pasivo no pudiera defenderse antes de la acción del agente. Es importante destacar que, para configurarse la circunstancia agravante, el estado de indefensión de la víctima debe ser la causa o motivo por el cual el agente actúa, procurando así un obrar sobre seguro y sin riesgo.
  3. Procedimiento insidioso: Insidioso es aquel medio usado para cometer el delito en donde el autor oculta la agresión misma, la intención delictiva como tal. Por ejemplo, utilizar veneno para matar a víctima.

Genocidio

Según el criterio objetivista de la doctrina, la conducta del victimario sería agravada si la víctima se encuentra en un estado de indefensión por cuestiones físicas, psíquicas o fisiológicas. Es en esta situación de la víctima donde se asegura el hecho y la exención de riesgo para el agresor.

El genocidio es un delito internacional que comprende cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal; estos actos comprenden la matanza y lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo, traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.[2]

Según el sociólogo e historiador estadounidense Michael Mann, el genocidio es el grado más extremo de violencia intergrupal y el más extremo de todos los actos de limpieza étnica.[3] Para este autor el impacto de los genocidios durante el siglo XX es devastador, tanto por el número de víctimas, que cifra en más de 70 millones de personas, como en la extrema crueldad de las agresiones.[4]

Definición del delito de genocidio

Existe una discrepancia entre el significado jurídico y el significado coloquial o profano de la palabra, lo que da lugar a equívocos y enconados debates acerca de la cuestión. Desde un punto de vista jurídico, el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra se considera un delito de derecho internacional. Tanto la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948 como el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) de 1998 recogen una idéntica definición:

Delito de Genocidio[5]

Se entenderá por “genocidio” cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal:

  1. Matanza de miembros del grupo;
  2. Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
  3. Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
  4. Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo;
  5. Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.

En el lenguaje común, sin embargo, el término tiene un significado diferente, tal como viene recogido en por la Real Academia Española:[6] Genocidio: Exterminio o eliminación sistemática de un grupo social por motivo de raza, de religión o de política. Este segundo significado es el que mueve a muchas personas a calificar como genocidio determinadas matanzas de personas que, en realidad, no se ajustan al tipo penal del delito de genocidio definido internacionalmente.[7]


[1] Leonardo Moledo e Ignacio Jawtuschenko (07-10-2009). «Imágenes de la masacre y el genocidio». Página/12. Consultado el 23 de junio de 2013.

[2] Ver artículo 6 en Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, 1998-200. Ver artículo de Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948.

[3] G. Mayos (2010)»La barbarie analizada (Michael Mann, El lado oscuro de la democracia. Un estudio sobre la limpieza étnica)»

[4] Joan Frigolé Reixach, Cultura y genocidio, UAB. Consultado el 23 de junio de 2013 en http://books.google.es/books.

[5] Ver artículo 6 en Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, 1998-200. Ver artículo de Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948.

[6] Real Academia Española (2000). Diccionario de la Lengua Española (Tomo I). página 1.034: Espasa. pp. 1077.

[7] Alonso Gómez-Robledo Verduzco (septiembre-diciembre de 2002). «El crimen de genocidio en Derecho Internacional». Boletín Mexicano de Derecho Comparado (Nº 105). Consultado el 23 de junio 2013. «no hay duda en la doctrina más seria, que el crimen de genocidio no se identifica con la idea de una matanza colectiva. «Lo protegido en la figura del genocidio es la existencia del grupo», y la lesión de dicho bien consiste en el exterminio del mismo.».

Prof. Ricardo Badillo Grajales

Prof. Ricardo Badillo Grajales

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